¿Se pierde el derecho de uso de la vivienda familiar asignada, por sentencia tras el divorcio o separación, si convives en esta con un tercero?, pues la respuesta es sí, ya que así lo ha determinado el Tribunal Supremo. Sigue leyendo y te contamos las consecuencias de dicha declaración y cómo reclamar ante esta situación.

Pérdida del carácter de vivienda familiar por la convivencia en esta con un tercero.

La sentencia dictada por el Tribunal Supremo, de fecha 20 de noviembre de 2018, establece que la convivencia con una tercera persona en la vivienda familiar, tiene como efecto el cese del derecho de la ex pareja a usarla como tal. Así pues, la entrada de una tercera persona en la vivienda, supone la pérdida del carácter de vivienda familiar porque se considera que hace uso de ella una familia distinta.

Cuando un tercero, que tiene una relación de pareja estable con el progenitor que obtuvo la custodia de los hijos en la separación o divorcio, entra a convivir en el domicilio familiar, provoca que cambie el estatus de este, que deja de tener tal consideración.

¿Cuáles son las consecuencias de esta sentencia para las parejas separadas o divorciadas?

Esta sentencia tiene importantes consecuencias en las sentencias de divorcio o separación que ya han sido dictadas, así:

  • Ambos progenitores tendrán el mismo derecho al uso de la vivienda familiar. De este modo, cuando la vivienda pierda el carácter de “familiar”, el progenitor que no la venía usando, tiene, en principio, el mismo derecho a usarla de igual modo que el progenitor que estaba viviendo en ella. Para ello se puede solicitar ante el juez, una nueva redistribución del uso para que se haga de manera alternativa por ambos copropietarios.
  • Se podrá exigir la venta de la vivienda. Hasta el dictado de esta sentencia, la atribución del uso de la vivienda familiar a favor del progenitor que se quedaba con la custodia de los menores, limitaba que se pudiera vender. Ahora, si se acredita que el progenitor que tiene el derecho de uso, convive con otra persona en esta, la vivienda pierde el carácter de familiar, por lo tanto, el que convive en ella pierde su derecho preferente de uso. De este modo, el otro progenitor puede obligar a la venta y así cobrar el precio de su 50% de copropiedad sobre la misma.
  • Puede instarse la revisión de los importes de las pensiones de alimentos y la compensatoria. La atribución de la vivienda familiar en la sentencia de separación o divorcio, es un elemento importante que se tiene en cuenta a la hora de fijar el importe de las pensiones de alimentos, a favor de los hijos, o compensatoria a favor del cónyuge. Perdiendo la vivienda familiar ese carácter, y el progenitor que la usaba su derecho de uso, tiene como consecuencia el poder pedir la revisión del importe de esas pensiones, ya que se introducen elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta al principio.

¿Cómo reclamamos el cese del uso de la vivienda familiar?

Para reclamar que el beneficiario del uso de la vivienda familiar cese en su derecho, hay que plantear una demanda de modificación de medidas, con abogado y procurador, ante el mismo Juzgado que dictó la sentencia de divorcio o separación.

Una vez acreditada la convivencia con una tercera persona en el domicilio familiar, se producirá el cese de ese derecho de uso. Tras esto el copropietario tendrá derecho a pedir que se venda la vivienda o, si no quiere esta opción. puede pedir que se establezca un uso alternativo de esta.

Ya conoces la jurisprudencia que el Tribunal Supremo ha establecido con su sentencia de 20 de noviembre de 2018, respecto al uso de la vivienda familiar en los casos de separación y divorcio. Si tienes dudas, consulta con nosotros y te ayudaremos en el supuesto de que necesites pedir una modificación de medidas. Estamos a tu disposición para asesorarte y hacer valer tus derechos. .