El pasado 12 de julio la Comisión de Sanidad del Congreso aprobó el proyecto de ley sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Según dicha resolución todos estos procedimientos serán gratuitos para todos los ciudadanos y no se incluirá un límite para el importe de la reclamación.

Gracias a estas enmiendas ya no será necesario que los ciudadanos abonen los 30 euros de la gestión del sistema de arbitraje para la resolución de conflictos de consumo que se fijaba el texto inicial.

Con este proyecto que transpone la directiva europea relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo se pretende garantizar la posibilidad de que todos los consumidores, residentes en la Unión Europea, puedan resolver pleitos con empresarios pertenecientes a cualquier estado de la U.E.. También se plantea el facilitar a los consumidores una solución extrajudicial de los posibles problemas derivados de sus contratos.

La ley contempla conflictos tanto de carácter nacional como transfronterizo que hayan surgido entre un consumidor y un empresario como consecuencia de un contrato de compraventa o de servicios ya sea de forma presencial, electrónica o telefónica.

Según esta reforma, las entidades en las que haya personas retribuidas por el empresario reclamado no podrán acreditarse. Esta ley también obliga a las compañías aéreas y a las entidades financieras a seguir este procedimiento y aprueba un plan de ayudas para las Juntas Arbitrales de Consumo.

Otra de las novedades que encontramos en esta reforma es la eliminación de los umbrales mínimos y máximos para admitir una reclamación a trámite. Anteriormente el mínimo era de 30 euros y el máximo de 10.000 euros.

Con esta reforma en la que se han transaccionado 58 de las 16 enmiendas presentadas a la ley se dará un nuevo impulso a la resolución extrajudicial de conflictos de consumo, dando además cauce legal para que los consumidores puedan ejercer sus derechos de forma sencilla, asequible y eficaz.