Cuando recibimos una herencia debemos hacer frente a distintos trámites como son los de tener en cuenta los impuestos que debemos liquidar, deudas, si existe o no testamento, saber quienes son los herederos, etc.
Enfrentarnos a este tipo de trámites por primera vez puede llevarnos a cometer errores que, de no ser subsanados a tiempo, puede acarrearnos un perjuicio económico importante. Por ello te contamos los errores más comunes que se cometen para poder evitarlos.

1.- Desconocimiento de los plazos para liquidar los impuestos

Liquidar el impuesto de sucesiones

Como heredero debes conocer que en la ley se encuentra recogido el plazo para liquidar el impuesto de sucesiones. Este es de 6 meses y comienza a contar desde el momento del fallecimiento del causante. En la legislación se contempla la posibilidad de solicitar una prórroga de otros 6 meses para llevar a cabo la liquidación, pero esta debe pedirse dentro de los primeros 5 meses.

¿Cuándo no es obligatorio abonar el impuesto de sucesiones?

La ley recoge una situación en la que los herederos no están obligados a pagar el impuesto de sucesiones: cuando este renuncia a la herencia de forma pura y simple. Para el resto de supuestos debe liquidarse este tributo.

El impuesto de plusvalía

Si existe una vivienda dentro de la masa hereditaria tenemos que liquidar, además de este impuesto, el de plusvalía municipal. Su plazo cuando estamos ante el supuesto de «mortis causa» es también de 6 meses desde el fallecimiento del causante (si la plusvalía se paga por donación o venta el plazo es de 30 días)
Al estar sometidos a plazos, cuanto más nos demoremos en tramitar la herencia menos días tendremos los herederos para liquidar los impuestos.

2.- No conocer que las deudas también se heredan

La aceptación de una herencia no siempre supone un beneficio para el heredero puesto que con la aceptación también este hace suyas las deudas de la herencia, es decir, las asume como propias.
Los notarios nos informan de estos hechos (si hay deudas o no en la masa hereditaria) pero los sucesores pueden ahorrarse tiempo y dinero si buscan asesoramiento de profesionales de la abogacía para así decidir si la aceptan a beneficio de inventario o si es conveniente renunciar a la misma.

3.-Desconocimiento de cómo se lleva a cabo el reparto de una herencia

Los herederos tienen la errónea creencia de que al repartirse la herencia a cada heredero forzoso le va a corresponder un tercio y esto no siempre sucede así. La herencia se divide en tres tercios, uno de estos se reserva para los herederos forzosos (conocida como la legítima) de modo que si estamos ante varios herederos ese tercio se tiene que dividir entre cada uno de ellos.

4.- No conocer el modo en que afectan las donaciones en las herencias

Este hecho es muy desconocido, así el artículo 1035 del Código Civil recoge que “El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de este, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición”.

5.- No contar con asesoramiento legal de expertos a la hora de gestionar una herencia

El trámite de una herencia tiene diferentes pasos y numerosos documentos que son necesarios recopilar según el tipo de herencia para llevar a cabo el reparto. Por ejemplo, si el fallecido no dejó por escrito su testamento, debe hacerse la llamada  “declaración de herederos» y, para esto, habremos de solicitar una serie de documentación que no siempre conoce el mismo.

No cometas estos errores tan comunes y asegúrate de que estás actuando para tu beneficio acudiendo siempre a un profesional que te asesore en esta u otras materias legales.